La Dirección de Recursos Humanos abre la inscripción para todas las personas travestis, transexuales y transgénero que quieran incorporarse a trabajar en la Municipalidad de Zárate.
Si te interesa, o conocés a alguien que puede interesarse, enviar mail a busquedalaboral@zarate.gob.ar
Cabe recordar que fue en octubre del año pasado cuando los concejales crearon, mediante una ordenanza, un registro de anotación voluntaria de personas transexuales y/o transgénero con la finalidad de que sean empleados dentro de la planta permanente del Ejecutivo municipal.
La idea es generar previamente este registro para que allí se reúnan los perfiles laborales de personas transexuales y/o transgénero, que deberá contener los datos personales, cursos, antecedentes laborales y demás información personal que constan en los currículums. Con esta base de datos, luego el Ejecutivo municipal deberá emplear a estas personas para completar el cupo del 1% del total de su planta permanente de trabajadores.
El argumento legislativo se basó en la Ley de la Provincia de Buenos Aires Nº 14.783, referente al cupo laboral del 1% para personas travestis, transexuales y transgéneros. “El grado de comprensión acerca de la diversidad sexual alcanzado por nuestra sociedad se ve reflejado en la Ley Nacional N° 26.743 de Identidad de Género; la cual señala que toda persona tiene derecho `al reconocimiento de su Identidad de Género, al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género y a ser tratada de acuerdo con su Identidad de Género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada´”, comienza explicando la ordenanza; aclarando que se entiende por “Identidad de Género, a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”.
Precisamente la Ley Provincial N° 14.783, de Cupo Laboral para Personas Trans, establece en su Artículo primero que el Sector Público Provincial bonaerense “debe ocupar en una proporción no menor al uno por ciento (1%) del total de su personal a personas travestis, transexuales y transgénero siempre que sean idóneos para las tareas a cubrir”.
Aparte la adhesión a la presente Ley Provincial ya fue sancionada por los Concejos Deliberantes de Lanús, Morón, Merlo, San Miguel, Avellaneda, Almirante Brown, Campana, Tres de Febrero, La Plata, Azul, Mar del Plata, Chivilcoy, Bahía Blanca y Quilmes; a los que se sumó la Universidad Nacional de Mar del Plata.