Los funcionarios confirmaron que “en atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger a eventuales usuarios del uso de estos productos, toda vez que se desconoce su elaborador y composición fehaciente, por lo cual no puede garantizarse su calidad, seguridad y eficacia”, se prohíbe la circulación en el mercado.
En consecuencia, la ANMAT prohibió preventivamente la comercialización y uso de los siguientes productos: 1) EPIC COSMETICA Oxidante Crema Estabilizado 20V- 90 cc- Elaborador laboratorio SHE- Legajo nº 2641 M.S.y A.S. RES. 155/98. 2) EPIC COSMETICA Oxidante Crema Estabilizado 9V- 1000 cc- Elaborador laboratorio SHE- Legajo nº 2641 M.S.y A.S. RES. 155/98. 3) EPIC COSMETICA Oxidante Crema Estabilizado 40V- cont. neto 5 litros- Elaborador laboratorio SHE- Legajo nº 2641 M.S.y A.S. RES. 155/98. 4) EPIC COSMETICA oxidante en crema 30V por 90 cc y 1000 cc. 5) EPIC COSMETICA oxidante en crema 40V por 90 cc y 1000 cc. 6) EPIC COSMETICA oxidante en crema 50V por 90 cc y 1000 cc. 7) EPIC COSMETICA oxidante en crema 9V x 90 cc. 8) EPIC COSMETICA oxidante en crema 20V x 90 cc y 1000 cc. 9) EPIC COSMETICA polvo decolorante azul max 700 g. 10) EPIC COSMETICA polvo decolorante blanco max 700 g. 11) EPIC COSMETICA polvo decolorante verde 700 g, por las razones expuestas en el considerando”.