La Cámara de Apelaciones de Esquel, en un fallo unánime dictado por Claudio Petris y Günther Flass en el Expediente: “Pasquini Crhistian Fabian C/ Telefónica Móviles Argentina S.A. S/ Acción de clase (Expte. 420-2003), confirmaron la sentencia de primera instancia dictada por el Dr. Guillermo Gregorio y además de ello, “ampliaron los rubros indemnizatorios para los usuarios que fueron afectados en ese momento con el pésimo servicio prestado”, remarcó el abogado Crhistian Pasquini, impulsor de la acción judicial.
La Cámara de Apelaciones no sólo confirmó los daños punitivos fijados a la firma Movistar para todos los usuarios en primera instancia, sino que además agregó los daños y perjuicios reclamados por el demandante.
A quiénes les corresponden los $10.000 de Movistar
La sentencia le dio 60 días hábiles a la compañía -que empezarían a correr luego de la feria judicial- para que identifique la totalidad de usuarios consumidores a los que deberá indemnizar (el cálculo preliminar que surge del expediente da cuenta de más de 10.000 líneas afectadas), y la forma en que abonará los rubros indemnizatorios a los que se hizo lugar, cuyo monto con los intereses a la fecha es cercano a los $ 10.000 para cada consumidor.