El fallo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Zárate, integrado por los doctores Federico Daniel Martinengo, Guillermo Miguel Guehenneuf y Gustavo Gabriel Pérez, recayó sobre Amelia Itatí Lezcano (56) y su hijo, Carlos Hernán Entivero (39); quien había tenido una relación de pareja con la víctima y con quien tenía un hijo en común.
«Todavía no caemos, pero logramos la justicia que pedimos. Estoy conmovida. Fue mucha emoción luego de escuchar la sentencia. Era mi deseo. Esto me deja tranquila y en paz», expresó esta tarde a Télam la madre de la víctima, María Estela Soberón, conmovida por el veredicto que había conocido minutos antes.
Tanto Lezcano como Entivero fueron considerados coautores del delito de «homicidio doblemente calificado por tratarse la víctima de una persona con quien uno de los autores mantenía una relación de pareja conviviente y por ser cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género».
El debate había comenzado el 31 de mayo pasado en los tribunales de Zárate, tras posponerse en varias ocasiones a causa de la pandemia de coronavirus.
En ese contexto, la familia de Stella Maris, que en su mayoría reside en la ciudad chaqueña de Resistencia, viajó todas las semanas desde el inicio del juicio a los tribunales con el fin de presenciar todas las audiencias.
«Todo esto nos costó mucho. Estamos muy emocionados. Con la ayuda del fiscal pudimos sacar esto adelante», dijo a Télam la mamá de Stella Maris en referencia al instructor judicial Alberto Gutiérrez y a que no contaron con un abogado particular durante el debate.
Además, la mujer agradeció el apoyo a la organización Atravesados por el Femicidio, conformada por familiares de víctimas de crímenes motivados por el género.
«Nunca estuve sola. Siempre tuve su acompañamiento. Ellos nos ayudaron mucho con la contención», señaló Soberón.
La mujer sostuvo que siempre recordará a su hija «con una sonrisa» y añadió: «Todavía no podemos asimilar todo lo que pasó. A partir de ahora vamos a mirar hacia adelante y aprender a convivir con este dolor.»
Stella Maris desapareció el 2 de agosto de 2019, aunque la denuncia se hizo recién el 13 de ese mes, cuando su familia se enteró de la situación a través de amigas y vecinas de la joven.
En tanto, voluntarios de la Brigada Canina K9 de Campana, junto con personal de diversas dependencias policiales de la zona y de Policía Científica, llevaron a cabo rastrillajes en la zona de Lima y alrededores.
En la casa de la joven, los pesquisas hallaron mediante el reactivo luminol rastros de sangre en la pared de una habitación, en la parte trasera de una camioneta y en el lavarropas, además de tomar muestras para ser analizadas con el fin de determinar si pertenecían a la desaparecida.
Ante esta circunstancia, el fiscal Gutiérrez dispuso el arresto de Entivero, quien quedó detenido en la Unidad Penal 3 de San Nicolás, y de Lezcano, que luego sería excarcelada.
Finalmente, el cadáver de Stella Maris fue encontrado el 21 de agosto de 2019 a tres kilómetros de la orilla del Club de Pesca de la localidad de Lima, partido de Zárate.
Para el instructor judicial, el crimen ocurrió aproximadamente entre las 22 del 2 y el 5 de agosto, en el interior de la vivienda situada en calle 60 al 200 de dicha localidad.
«Más precisamente dentro del garaje y comedor de dicho inmueble, donde la víctima convivía con el imputado. Entivero y Lezcano, actuando en coautoría criminal, produjeron la muerte de Stella Maris Ramírez», precisó el fiscal en su elevación a juicio, a la que Télam tuvo acceso.
De acuerdo con la pesquisa, «en dichas circunstancias y mediando un contexto de violencia de género», el hombre le «profirió gritos y propinó golpes contra la humanidad de Stella, en especial, empujándola contra la pared medianera y efectuándole golpes en otras partes del cuerpo y aún, encontrándose con vida la nombrada, los imputados esperaron hasta su mortal deceso para luego trasladarla fuera de la casa, procediendo a limpiar los rastros que dejó el suceso criminoso».
El fiscal Gutiérrez determinó que los acusados «se deshicieron de pruebas fundamentales como ser el teléfono celular de la víctima y las prendas que usaba habitualmente, así como también, lavaron sus propias vestimentas y aquellas que tenían rastros de la occisa, mientras que a otras prendas las quemaron en el fondo de la casa».
En tanto, debido al estado de descomposición del cadáver, en la autopsia realizada en la morgue judicial de Campana no se pudo determinar la causa de la muerte, aunque con los exámenes histopatológicos se corroboró que el fallecimiento se había producido entre el lunes 5 y martes 6 de ese mes, entre 3 y 4 días después de su desaparición.
Es que algunos vecinos habían declarado que el viernes 2 habían escuchado gritos y golpes en la vivienda ubicada en el barrio Granja 8, de la localidad de Lima.