La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) sigue con el calendario de pagos de marzo para los titulares de todas sus prestaciones sociales. Dentro de estos cobros se incluyen los $32.175 correspondientes al Fondo de Desempleo, un acompañamiento para quienes fueron despedidos de sus trabajos registrados o hayan dejado su puesto por un quiebre de la empresa.
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Fondo de Desempleo ANSES: qué hay que presentar
Para cobrar esta asistencia, la persona tendrá 90 días hábiles desde la fecha que se produjo la ruptura de la relación laboral para comenzar con el trámite. Al momento de hacer la gestión se debe presentar los siguientes papales:
- Telegrama de despido
- Carta documento o nota del empleador con firma certificada
- Documento Nacional de Identidad.
¿Quiénes no pueden cobrar el beneficio?
- Quienes no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.
- Quienes perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
- Sean Beneficiarios de Programa Jefes de Hogar, Programas de Empleo o cualquier otra prestación no contributiva (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia – excombatientes del Atlántico Sur, Ley N.º 23.848).
- Se encuentran contratados bajo la modalidad de pasantías.
- Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
- Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario.
- Servicio Doméstico.
- Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
- Establecimientos Privados de Enseñanza (Ley N.º 13.047)
- Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley N.º 24.521.
Plan Desempleo: monto 2023
- Valor mínimo: $19.305
- Valor máximo: $32.175
Aun así, el monto se calcula según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años.