El Concejo Deliberante de Zárate estudió y aprobó un «protocolo de actuación para la prevención, sanción, erradicación de situaciones de violencia de género y discriminación por identidad de género u orientación sexual en el ámbito municipal».
Dicha ordenanza fue aprobada por unanimidad en la última sesión del Concejo Deliberante en Escalada y será todo un desafío para este ejecutivo municipal, primero reglamentarla y luego poder cumplirla y generar las sanciones pertinentes a aquellos funcionarios que incurran en estas conductas. En el municipio de Zárate ya hay antecedentes aunque no se se les aplicará esta ordenanza, por lo que algunos funcionarios sobre los cuales pesan estas acusaciones de acoso y discriminación, podrán seguir trabajando aunque la situación está bajo la lupa de la Justicia.
QUIENES PUEDEN DENUNCIAR Y LAS PENAS
Una persona o un grupo que identifican estar atravesando una situación de violencia de género y/p persona que haya tomado conocimiento sobre una situación sucedida a una tercera.
Cada empleado o empleada, deberá informar a su superior jerárquico inmediato pero, en el caso en que la situación de violencia se vincule con su superior, deberá recurrir a la próxima persona que se encuentre en el rango inmediato superior de la misma línea jerárquica.
Una vez señalada allí la situación de violencia, deberá recurrir a la comisión de aplicación para informar de tal denuncia y allí se activa el protocolo.
Luego, se abrirá una etapa de descargo de la persona involucrada que también será analizada por la comisión y la elevará a una Junta de Disciplina conformada por otras áreas municipales y también integrada por el área de Recursos Humanos.
Se sancionarán conductas verbales, escritas, simbólicas o gestuales, discriminación sexual y se considerará un agravante el abuso de situación de superioridad jerárquica o la reiteración de las conductas ofensivas después de que la víctima hubiera utilizado los procedimientos de solución.
En cuanto a las sanciones, se considerarán aquellas que se estipula desde el artículo 105 al 110 de la Ley 14.656, a través de la Junta de Disciplina. Y en este apartado se establecen sanciones como cesantías, suspensiones y despidos.
En tanto la víctima, una vez realizada la exposición de una situación de violencia sexual o de género y luego de activarse dicho protocolo, podrá gozar de una «licencia especial» para casos de violencia de género, con goce de sueldo, cuya pertinencia será evaluada desde el equipo interdisciplinario junto con las autoridades de la institución.
El tiempo solicitado de la misma dependerá de la gravedad del hecho suscitado, donde la víctima tendrá el asesoramiento de la comisión a cargo del seguimiento de la situación.