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Impacto Local Zárate - Noticias y Actualidad de la Ciudad > Blog > Información General > Quien deba la cuota alimentaria no podrá renovar licencia de conducir
Información General

Quien deba la cuota alimentaria no podrá renovar licencia de conducir

23 de mayo de 2023 Redaccion
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4 Min de Lectura
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Quienes aspiren a obtener o renovar su licencia de conducir deberán demostrar que no tienen deudas de cuota alimentaria según una circular emitida por la Dirección Provincial de Políticas de Seguridad Vial de la provincia de Buenos Aires.

Contents
Qué es la cuota alimentaria¿Qué es el Registro de Deudores Alimentarios Morosos – RDAM-?¿Qué es el certificado de Libre Deuda?
Mediante la circular 2/2022, esa dependencia estableció que si se encuentran activos en el Registro de Deudores Alimentarios se les otorgará la licencia en forma provisoria por cuarenta y cinco (45) días, con la obligación de regularizar su situación dentro de ese plazo para obtener la definitiva.
Pasados los 45 días de vigencia de la licencia provisoria, si el conductor continúa registrado como deudor alimentario, no podrá tramitar una nueva licencia, dado que el Sistema Provincial de Licencias bloqueará el nuevo trámite de renovación, salvo decisión judicial que ordene lo contrario.

La decisión tiene como marco normativo la ley provincial Nº 13.074, que dispuso crear el Registro de Deudores Alimentario Morosos en territorio bonaerense.

«El objetivo de dicha medida es colaborar en la lucha contra el incumplimiento del pago de alimentos, como alternativa para torcer la voluntad del padre o madre deudor, y lograr que se cumpla con el pago de la cuota. Tengamos en cuenta que el único beneficiado con la regularización de la deuda alimentaria es el niño o adolescente destinatario de la misma», dijeron las autoridades bonaerenses.

Qué es la cuota alimentaria

La cuota alimentaria es un importe que debe pagar el padre que no convive con sus hijos para colaborar con los gastos destinados a su bienestar. Esta cuota es mensual y obligatoria hasta que los chicos alcancen la mayoría de edad.

¿Qué es el Registro de Deudores Alimentarios Morosos – RDAM-?

Creado por la Ley 13.074, comienza a funcionar a mediados del año 2004 y tiene por objeto registrar por orden judicial a todo obligado u obligada al pago de alimentos por sentencia firme o por convenio homologado judicialmente, que adeude determinado número de cuotas (tres cuotas consecutivas o cinco alternadas) previa intimación al pago.

El fundamento legal de su creación es la protección de los Derechos del Niño dado que los beneficiados y beneficiadas con el pago de la cuota alimentaria son los niños, niñas o adolescentes destinatarios de la misma.

El deber alimentario de los padres con los hijos e hijas se encuentra regulado en el Código Civil y Comercial y en tratados internacionales, que gozan de jerarquía constitucional, como el Pacto de San José de Costa Rica y la Convención sobre los Derechos del Niño.

Según nuestro Código Civil y Comercial la obligación de prestar alimentos comprende la satisfacción de las necesidades de los hijos e hijas de manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para adquirir una profesión u oficio.

¿Qué es el certificado de Libre Deuda?

Es el informe que extiende el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, donde funciona el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, acreditando que una persona está o no, inscripta como deudor alimentario.

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