El Senado modificó la reforma del BCRA y el proyecto vuelve a Diputados
La Cámara alta modificó el mecanismo de designación y remoción de las autoridades del Banco Central. El proyecto, que ya tenía media sanción de Diputados, deberá regresar a la Cámara baja.
El Senado aprobó con cambios la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA), por lo que la iniciativa deberá regresar a la Cámara de Diputados. La principal modificación alcanza el mecanismo para designar y remover a las autoridades de la entidad.
El presidente y los directores del Banco Central tendrán mandatos de seis años y requerirán acuerdo del Senado por mayoría absoluta. Para su remoción, deberán existir causales concretas, como una falta grave y evidente en el cumplimiento de sus funciones, respaldada por hechos determinados y verificables.
La nueva redacción elimina la posibilidad de que el Poder Ejecutivo aparte unilateralmente a las autoridades. La destitución requerirá un decreto y el aval de ambas cámaras del Congreso, con una mayoría de dos tercios de los legisladores presentes. También se elimina la intervención de la comisión bicameral creada en 2010.
Además, el proyecto elimina la presencia de un delegado del Ministerio de Economía en las reuniones del Directorio del BCRA y la obligación de que la entidad se pronuncie previamente sobre los efectos de operaciones de endeudamiento externo en la balanza de pagos.

Las otras claves de la reforma
El proyecto establece que, mientras el Estado mantenga pendientes las letras intransferibles y los adelantos transitorios otorgados por el BCRA, parte de las ganancias anuales deberá destinarse a cancelar esas obligaciones.
También restringe el giro de utilidades al Tesoro: sólo podrán transferirse utilidades líquidas y realizadas. Los resultados derivados de cambios en la cotización de las divisas o del precio del oro deberán incorporarse al capital del Banco, mientras que los resultados no realizados quedarán en una reserva especial.
Antes de cualquier transferencia, las reservas generales y de resultados deberán representar al menos el 50% del capital del BCRA. Los fondos transferidos sólo podrán utilizarse para el pago de deuda pública.
La reforma también redefine la misión del organismo: su función única, primaria y fundamental será preservar el valor de la moneda. Se elimina así el esquema vigente desde 2012, que también contemplaba estabilidad financiera, empleo y desarrollo económico con equidad social.
En consecuencia, el Directorio dejaría de tener atribuciones para orientar el crédito hacia pymes y economías regionales, al considerar que esas funciones corresponden a una banca de fomento.
Por último, el BCRA podrá negociar títulos públicos, monedas y otros instrumentos financieros para cumplir objetivos monetarios, cambiarios, financieros o crediticios, a valores de mercado o mediante parámetros técnicos equivalentes. El proyecto también establece la inembargabilidad de las reservas internacionales y determina qué activos podrán utilizarse para su inversión, entre ellos el oro y otros activos financieros líquidos.
Como el proyecto ya tenía media sanción de Diputados, la modificación del régimen de autoridades obliga a la Cámara baja a aceptar los cambios del Senado o insistir con la redacción original.
Nota de
Redaccion