Más penas para los homicidios viales: qué conductas contempla el proyecto
La condena a 16 años de prisión contra Agustín López Gagliasso, por atropellar y matar a una madre y su hija en Rosario, volvió a poner en discusión las penas para los delitos viales. Walter Gorbak, uno de los redactores del proyecto impulsado por Madres del Dolor y Estrellas Amarillas, explicó los cambios que propone la iniciativa.
La condena a 16 años de prisión contra Agustín López Gagliasso por las muertes de una madre y su hija en Rosario volvió a poner en discusión las penas por delitos viales.
El tribunal lo condenó por homicidio simple con dolo eventual, una figura que supone que el acusado pudo prever la posibilidad de causar una muerte y continuó adelante con su conducta. En el caso, se determinó que circulaba a más de 120 kilómetros por hora, realizó maniobras de sobrepaso y no accionó el freno antes de perder el control del vehículo. La alcoholemia arrojó 0,2 gramos de alcohol por litro de sangre.
El fallo reavivó el reclamo de familiares de víctimas y especialistas para modificar el Código Penal y establecer una respuesta específica frente a hechos en los que se acumulan varias conductas de extrema peligrosidad.
Walter Gorbak, criminalista y uno de los profesionales que participó en la redacción del proyecto impulsado por la Asociación Madres del Dolor y la Fundación Estrellas Amarillas, explicó la iniciativa.
Qué propone el proyecto
La iniciativa busca modificar el artículo 84 bis del Código Penal. Propone elevar la pena mínima del homicidio vial de tres a cuatro años y la máxima de seis a ocho años. Cuando concurran tres o más agravantes, la pena podría llegar hasta los 12 años de prisión.
Entre las conductas contempladas se encuentran, conducir bajo los efectos del alcohol o estupefacientes, superar determinados límites de velocidad, cruzar un semáforo en rojo, conducir sin licencia, utilizar el celular al volante y otras conductas que impliquen pérdida de aptitud para conducir.
Según Gorbak, el objetivo es establecer una figura intermedia entre el homicidio culposo agravado y el homicidio con dolo eventual. De esta manera, determinadas combinaciones de conductas objetivamente peligrosas tendrían una consecuencia penal prevista por la ley.
“Lo que tratamos de hacer es evitar la subjetividad del magistrado, que no vaya según su tendencia al culposo agravado o al dolo eventual”, sostuvo.
El proyecto recibió media sanción del Senado por unanimidad el 18 de septiembre de 2025 y luego comenzó su tratamiento en la Cámara de Diputados. Madres del Dolor y Estrellas Amarillas participaron de las discusiones legislativas y sostienen la necesidad de actualizar la legislación sobre los delitos viales.
Nota de
Redaccion